La respuesta es
SI, deben
llevar un registro donde apunten las labores, tratamientos fitosanitarios, análisis,
cosechas, etc. realizados en sus explotaciones agrícolas o ganaderas.
Pero la obligación de tener estos registros
nos puede venir de dos normativas diferentes:
- Obligaciones impuestas por CONDICIONALIDAD (de la que hablaremos ahora).
- Obligaciones impuestas por la normativa de FITOSANITARIOS (a los que les dedicaremos otro post).
CONDICIONALIDAD.
La Condicionalidad viene implantada desde el
año 2003, se puede definir como las prácticas que deben respetar los
agricultores y ganaderos por recibir ayudas de la PAC. Estas prácticas se
pueden clasificar:
- Preservar el medioambiente.
- Salvaguardar la salud pública.
- Promover las buenas prácticas agrarias y medioambientales.
- Asegurar el bienestar animal.
Todos los años cuando los agricultores
tramitan la Solicitud Unificada (ayudas PAC) firman en ésta un papel donde se
comprometen a cumplir con las normas de la Condicionalidad. Por lo tanto, en el
supuesto de que el agricultor no cumpla con esta normativa puede ser sancionado
reduciéndole la ayuda PAC.
Para evitar sanciones en la PAC es
conveniente que el agricultor o ganadero disponga de un Cuaderno de Campo bien
cumplimentado y sea asesorado por un técnico con conocimiento de esta
normativa.
La normativa actual sobre
Condicionalidad, de la PAC 2015-2020, es el Decreto 1078/2014, de 19 de
diciembre, por el que se establecen las normas de la Condicionalidad que deben
cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas
anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de
apoyo al sector vitivinícola.
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